ACCIDENTES DE TRÁFICO

¿Ha sufrido un accidente?

Todas las personas que hayan sido víctima de un accidente de tráfico siendo el conductor del vehículo, un ocupante del mismo o un peatón, tienen derecho a una indemnización en el momento de haber sufrido algún tipo de daño personal o material.

El conductor tiene derecho a una indemnización por lesiones, salvo que haya sido culpable del accidente.

El ocupante de un vehículo particular, autobús o taxi, tiene derecho a una indemnización por los daños sufridos. Solicite siempre su indemnización.

El peatón podrá pedir su indemnización siempre que no haya sido culpable del atropello, en el momento en que un vehículo le ha sorprendido y le ha atropellado.

Los afectados de accidentes de tráfico tienen derecho a una indemnización por parte de la compañía aseguradora. Sin asesoramiento letrado, en ocasiones ni siquiera se consigue un mínimo importe, ya que las compañías o no ofrecen nada en concepto de responsabilidad, o valoran ellas mismas los daños, ofreciendo indemnizaciones muy por debajo de lo que corresponde.

¿Qué hacer ante un accidente?

Es conveniente que el conductor del vehículo rellene el parte amistoso con la otra parte implicada en el accidente. Aconsejamos avisar a la Policía o Guardia Civil, quienes realizarán el atestado que después puede ser necesario para la defensa de los intereses.

Revise el estado de todas las personas involucradas en el accidente. En caso de urgencia pida ayuda si usted no está en condiciones de prestar primeros auxilios. Llame a una ambulancia.

Si ha sufrido daños personales o no los aprecia al instante pero al cabo del tiempo siente mareos o cualquier otro síntoma, acuda inmediatamente a un Hospital. Sólo de esta manera podrá acreditar el origen de la lesión para después poder reclamar la indemnización. Conviene que empiece un tratamiento cuanto antes, que deberá ser sufragado por la compañía aseguradora.

Conserve todos los documentos y partes médicos. Conserve el resto de objetos que hayan sido dañados, el parte amistoso y todos los documentos que reciba.

Desde el accidente con lesiones hasta la recuperación, puede que haya estado algunos días impedido. Conviene negociar bien los días impeditivos y los no impeditivos ya que los importes son diferentes y pueden resultar diferencias importantes.

Es necesario valorar las secuelas. No conviene fiarse sólo de la opinión del médico de la compañía aseguradora.

No está obligado a conservar el abogado de su aseguradora. Usted puede elegir su propio abogado.

¿Cómo trabajamos?

Los abogados de SANTOS & ROJAS ABOGADOS conseguirán por usted la indemnización que le corresponde.

Para más información, envienos un mail a info@abogadosantosrojas.com o, si lo prefiere, llame al 91 5061042.

Sus datos personales van a ser incorporados a un fichero que será tratado según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para la finalidad de llevanza de casos jurídicos, dar respuesta a las peticiones, consultas o informes solicitados por usted. Usted consiente expresamente al tratamiento de los datos personales y se compromete a no enviar datos de salud ni otros datos especialmente protegidos a través del presente formulario. En todo momento puede ejercitar sus derechos de Acceso, Cancelación, Oposición y Rectificación mediante un escrito al responsable del fichero, SANTOS & ROJAS ABOGADOS Paseo de las Delicias 23 de Madrid.